Gómez Bermúdez, en la primera parte de la lectura de un resumen de la sentencia, ha ido desmontando uno a uno, con decenas de pruebas, todos los bulos difundidos durante los últimos tres años por el periódico El Mundo y amparados, amplificados y avalados por el grupo parlamentario del Partido Popular en el Congreso y por alguno de sus principales dirigentes. "Ninguna prueba avala la tesis" de que ETA participó en el atentado, ha concluido el tribunal.
- Los autores intelectuales.
Tres personas fueron juzgadas como inductores de la matanza, y ninguno ha sido condenado por ello. Rabei Osman el Sayed, El Egipcio, ha sido absuelto. La Fiscalía le acusaba de pertenencia a organización terrorista, delito por el que fue condenado a 10 años de prisión en Italia (rebajados el pasado lunes a ocho). La Audiencia Nacional no condena a los etarras que ya han sido condenados en Francia, por lo que era previsible que con El Egipcio siguiera la misma línea de actuación, como así ha sido. En unas escuchas telefónicas realizadas por la policía en Italia, El Egipcio presumía de que lo de Madrid era cosa suya; sin embargo, el tribunal no le ha considerado inductor de la matanza. Al conocer la sentencia, se ha echado a llorar, emocionado, mientras decía: "¿Veis como soy inocente?".
Hassan El Haski también fue juzgado como inductor de la matanza. Como El Egipcio, se enfrentaba a una condena de miles de años de prisión. Sin embargo, sólo ha sido condenado a 15 por pertenecer y liderar a organización terrorista. La única declaración en su contra era la del islamista Attila Turk en Francia, que luego se desdijo por videoconferencia durante el juicio. Por último, Youssef Belhadj, considerado también como inductor de la matanza por la Fiscalía, sólo ha sido condenado por pertenencia a organización terrorista. Le han caído 12 años de prisión.
- Los autores materiales.
Jamal Zougam y Otman El Gnaoui han sido condenados como autores materiales del atentado a más de 40.000 años de prisión. Son culpables de pertenencia a organización terrorista (12 años de prisión), 191 asesinatos (30 años por cada uno), 1.856 asesinatos en grado de tentativa (20 por cada uno) y cuatro delitos de estragos terroristas (15 años por cada uno). Además, a El Gnaoui se le suman dos años más por falsedad documental. En total, 42.922 y 42.924, respectivamente.
- La trama asturiana de los explosivos.
José Emilio Suárez Trashorras, considerado cooperador necesario de la matanza, ha recibido una pena algo inferior (casi 35.000 años) a la de los autores materiales al tomarse en cuenta la eximente de "anomalía psíquica". Ha sido condenado por 192 asesinatos (25 años por cada uno; es un asesinato más porque se le suma la muerte del policía Francisco Javier Torronteras en la explosión de Leganés), 1.991 asesinatos en grado de tentativa (15 por cada uno; como antes, se le suman las tentativas de asesinato a los policías que participaron en la operación de Leganés) y de cinco delitos de estragos terroristas (10 años por cada uno); además, hay que sumar seis meses más falsificación de placas de matrícula. En total, 34.715 años.
Trashorras fue el que proporcionó los explosivos a los terroristas, pero contó con ayuda. Raúl González Peláez ha sido condenado a 5 años de cárcel por suministrar la dinamita, y Sergio Álvarez Sánchez y Antonio Iván Reis Palicio lo han sido a 3 años cada uno por transporte de explosivos. Dentro de esta trama, han sido absueltos Antonio Toro Castro, Carmen Toro Castro, Emilio Llano Álvarez, Javier González Díaz e Iván Granados.
- Los 13 miembros de la célula islamista.
Han sido condenados a 12 años años de prisión por pertenencia a organización terrorista, además de los ya mencionados El Haski (que como dirigente ve elevada su pena a 15), Belhadj, Zougam y El Gnaoui, los siguientes enjuiciados: Basel Ghalyoum, Abdelmajid Bouchar y Rachid Aglif (que suman otros seis años de condena por tenencia de explosivos), Mouhannad Almallah Dabas, Foud el Morabit el Amghar, Mohamed Bouharrat, Saed el Harrak, Mohamed Larbi Ben Sellam y Hamid Ahmidan (el primo de El Chino, que suma otros 11 años por tráfico de drogas).
- Los colaboradores.
Rafá Zouhier, para el que la Fiscalía también pedía más de 38.000 años de cárcel como cooperador necesario, ha sido condenado a 10 por colaborar en la obtención de los explosivos. También han sido condenados Abdelilah el Fadual el Akil (9 años por colaboración), y Mamoud Slimane Aoun y Nasreddine Bousbaa (3 años cada uno por falsificación de documentos oficiales). Los hermanos Mohamed e Ibrahim Moussaten, juzgados por ayudar en su huida a varios miembros de la célula, han sido absueltos.
- Sin agujeros negros.
La sentencia considera que el explosivo que estalló en los cuatro trenes de Cercanías fue robado en Mina Conchita; que la mochila desactivada en un parque de Vallecas correspondía a una de las 13 que los terroristas colocaron en los trenes; que la furgoneta Renault Kangoo en la que se desplazaron hasta Leganés alguno de los islamistas fue trasladada al complejo policial de Canillas sin que nadie manipulara las pruebas que contenía; que el suicidio de Leganés, donde murieron siete de los terroristas, no fue un montaje; que las autopsias de los suicidas se hicieron de acuerdo a la normativa legal; que no hay una sola prueba de la vinculación de ETA con los atentados; y que la instrucción del juez Juan Del Olmo fue correcta.
- La dinamita.
"Toda o gran parte de la dinamita" usada en el atentado y empleada por los terroristas que se suicidaron en Leganés "procedía de la mina Conchita", ha asegurado el presidente del tribunal, Javier Gómez Bermúdez. "No se sabe con absoluta certeza la marca comercial" de la dinamita, pero eso "no impide llegar a conclusiones judiciales", ha añadido. La dinamita fue obtenida por la connivencia de ciertos empleados de la citada mina, con lo que da por probada la implicación de la conocida como trama asturiana en el 11-M.
- La mochila de Vallecas.
De igual forma, al tribunal no le queda duda de la autenticidad de la mochila de Vallecas, uno de los artefactos explosivos retirados de los trenes y que, al no estallar, pudo ser desactivada y se convirtió en una prueba clave de la investigación. Los jueces creen que la prueba estuvo siempre bajo vigilancia policial, lo que desmonta las teorías conspiratorias que afirmaban que alguien pudo manipular la mochila para incriminar a la célula islamista, o incluso colocarla tras los atentados. No obstante, el tribunal considera "extravagante" aunque explicable por el caos del momento, el periplo que sufrió esa prueba en su viaje desde el lugar del hallazgo hasta la comisaría de Puente de Vallecas en la que quedó finalmente custodiada. Creen los jueces que un descontrol así debería evitarse en el futuro pero da validez plena a la prueba.
- Las víctimas. Éstas serán indeminazadas con cantidades que van de 30.000 a un millón y medio de euros, según ha dictaminado el tribunal. Los padres de Laura Vega, que se encuentra en estado vegetativo desde la explosión, recibirán una indemnización de un millón de euros.
- La instrucción de Del Olmo.
Gómez Bermúdez ha comenzado su alocución defendiendo la labor del juez instructor, Juan del Olmo, al tiempo que rechazaba las cuestiones previas planteadas por las defensas, que pedían la nulidad del proceso por supuestos errores en la instrucción. Ha asegurado que tanto la furgoneta Renault Kangoo encontrada en Alcalá de Henarés como la mochila de Vallecas fueron custodiadas en todo momento por la policía y son pruebas "auténticas", es decir, "no hay indicio alguno" de que pudieran ser colocadas a posteriori o manipuladas. También ha sido descartado el argumento "soterrado y poco claro" basado en la falta de autopsia a los suicidas de Leganés.
Fuente de la información: ElPaís
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